El caso de las donaciones de Padres a Hijos

Una donación es un acto mediante al cual una persona le entrega una cosa a otra que la acepta sin entregar nada a cambio. Por ejemplo, el padre que le da una cantidad de dinero a un hijo, o le regala una casa.

Pero existe un impuesto sobre donaciones que hay pagar, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Este impuesto lo debe pagar la persona que recibe la donación, es decir, el donatario y varía en función de las Comunidades Autónomas.

Centrándonos en la Comunidad de Madrid, existe una reducción del 99 % cuando se realiza una donación a un hijo, o un hijo a un padre, es decir en línea recta, tanto ascendientes como descendientes. Pero para poder acogerte a esta reducción del impuesto sobre donaciones se debe realizar siempre en documento público.

Si un padre quiere donarle a un hijo dinero, no vale con hacer la transferencia bancaria y con este justificante rellenar el impuesto sobre donaciones y presentarlo en la Comunidad de Madrid, se debe ir primero a un Notario para elevar a publico esa donación.

donaciones

Si la donación se ha efectuado en documento público el importe a pagar es el 1 % de la base.

Es decir, en función del importe donado, se debe pagar entre 7,65 % y el 34%, y del resultado de ese porcentaje se abonaría solo un 1 %. Por ejemplo, un padre dona a su hijo 5.000 €, debiendo abonar un impuesto del 7.65 % de esos 5.000 €, esto es 382,5 €, sobre esta cantidad existe una reducción del 99 %, por lo que el importe a pagar sería 3,82 €.

Pero hay que tener en cuenta, que si lo que se está donando no es una cantidad liquida de dinero sino una vivienda, en ese caso, además del impuesto de donaciones, se deberá abonar el impuesto de plusvalías municipales, que puede ser verdaderamente alta según el inmueble y el valor catastral del mismo.

Este tema ya ha sido tratado en nuestro blog, y puedes consultarlo aquí .

Por otro lado, el donante, la persona que hace la donación, si lo que se dona en un bien inmueble, al año siguiente debe tributar la ganancia o pérdida patrimonial generada en la declaración de la renta. Esto os lo explicaremos mejor en otro post donde abordaremos esta cuestión.

Para cualquier duda que tenga en este o cualquier otro tema no dude en ponerse en contacto con nosotros.

Confíenos la gestión de su donación, evitará errores.