Con efectos del 01 de enero de 2017 se pretendía que los pagos en efectivo se modificaran a la baja. Pasando de la cifra de 2500,00 €uros a 1000,00 €uros.

Es habitual que, en comercios, bares y restaurantes, se pague en efectivo cuando un proveedor deje la mercancía solicitada.

Hay  que tener en cuenta que de realizarse esta modificación, el límite existente de 2500 € y que permitía el pago en metálico, va a convertirse en tarea complicada. Al no poder superar el límite de los 1000,00€.

Para saber si estamos delante de la limitación de pagos de los más de 2500,00 euros en efectivo hay que tener en cuenta los siguientes rasgos. Que se trate del mismo comprador, mismo vendedor y el mismo contrato de suministro de bienes.

A modo de ejemplo estas dos operaciones de pagos de mas de 2500,00 euros en efectivo están prohibidas:

  • El pago de cada nómina individual de una empresa no puede pagarse en metálico si supera este nivel.
  • El pago en dos o más fracciones de una obra en casa cuya factura supere los 2500,00€. Al superar la magnitud no puede pagarse en efectivo.

Esta limitación debe tenerse en cuenta por el régimen de sanciones establecido.

Actualmente el incumplimiento de estos límites conlleva una sanción del 25% del importe de la operación. Excepto que uno de ellos denuncie la operación en el plazo de tres meses.

En el caso de ser ambos intervinientes los que denuncien no habría exoneración alguna para evitar acuerdos entre las partes para no ser sancionados.

Estas infracciones prescriben a los 5 años de la comisión de la infracción por los pagos de mas de 2500,00 euros en efectivo.

Es importante empezar este nuevo año fiscal de forma correcta. Y actualizar nuestras obligaciones tributarias con Hacienda con vistas a futuro.

De tal forma que todas las transacciones económicas realizadas por un empresario o profesional se realicen a través de la cuenta corriente del banco.

Link informativo de la agencia Tributaria.