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Gestoría FGM - Apostilla de la Haya

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El trámite de Apostilla consiste en colocar sobre un documento oficial o público una apostilla o SELLO por la autoridad competente que certifica la autenticidad del documento para su uso fuera de España. Dependiendo del documento, es posible que sea necesario presentarlo en diferentes organismos Españoles previamente a ser legalizado con la Apostilla.
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Se puede realizar tanto sobre documentos emitidos por la Administración Española (certificados, resoluciones, etc...) de cualquier ámbito (administración central, autonómica o local), asà como sobre escrituras notariales de cualquier tipo otorgadas ante notarios españoles, o sobre documentos privados cuyas firmas hayan sido legitimadas por notario español.
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Los paÃses firmantes (pulse aqui para ir al listado de paises firmantes) del XII Convenio de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado, de 5 de octubre de 1961, reconocen por consiguiente la autenticidad y validez de todos los documentos que lleven la apostilla, con independencia del paÃs en que hayan sido expedidos. .
La Apostilla de la Haya elimina la necesidad de la legalización del documento en el consulado de España del paÃs en el que se pretende utilizar del documento, siendo reconocidos en cualquier otro paÃs del Convenio sin necesidad de otro tipo de autenticación.
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Según el tipo de documento público de que se trate, en España son tres las "Autoridades apostillantes", cuya competencia para cada caso en particular se establece acudiendo a las siguientes reglas y Comunidades Autónomas según la Comunidad Autónoma que expidió el documento. .

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LOS DOCUMENTOS DEBEN APOSTILLARSE EN LA COMUNIDAD AUTONOMA QUE EXPIDE DICHO DOCUMENTO.
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Apostilla de documentos emitidos por autoridades judiciales (autos, sentencias y demás providencias emanadas de cualquier autoridad judicial, de cualquier instancia (Juzgados, Audiencias Provinciales, Tribunales Superiores de Justicia) y de todas las ramas de la jurisdicción (civil, penal, social, contencioso administrativa), el documento debe ser apostillado por el Secretario del Tribunal Superior de Justicia de cada Comunidad Autónoma).
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Apostillar documentos públicos:
a) Para apostillar documentos públicos de la Administración Central: La autoridad apostillante competente es el Ministerio de Justicia, que está ubicado en la Plaza de Jacinto Benavente nº 3, 28071 - Madrid.
b) En las restantes Administraciones: Periférica (Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en cada Comunidad Autónoma y/o Provincia), Autonómica, Provincial, Municipal y Órganos Autónomos de la Administración Central: Será autoridad apostillante competente, a elección del interesado, cualquiera de las mencionadas en los apartados 1 y 2 , es decir, o el Secretario de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia o el Decano del Colegio de Notarios.
TARIFAS
Honorarios de nuestra Gestoría |
| Apostillado de documentos en la Comunidad de Madrid |
| Un documento |
20,00 € |
| Dos documentos |
30,00 € |
| Tres documentos |
40,00 € |
Apostillado de un documento
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| Tribunal Superior de Justicia Madrid |
20,00 € |
| Tribunal Superior de Justicia Otras Comunidades |
20,00 € + Gastos Envio |
| Ministerio de Justicia |
20,00 € |
| Colegio de Notarios de Madrid |
20,00 € + Suplidos |
| Suplido Colegio de notarios (3 dÃas hábiles) |
14,00 € |
| Suplido Colegio de Notarios urgente (24 horas) |
35,00 € |
| Colegio de Notarios otras Provincias |
20,00 € + Suplidos + Gastos envÃo |
| Envíos por Mensajería
(EnvÃos asegurados con póliza de seguros) |
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Antes 19:00 h |
Antes 14:00 h |
Antes 12:00 h |
Antes 10:00 h |
| Madrid Capital |
6,00 € |
Mismo día/Sig. |
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NO |
| Madrid Resto |
5,50 € |
7,50 € |
9,50 € |
10,50 € |
| Península |
10,00 € |
13,00 € |
17,00 € |
22,00 € |
| Baleares |
Económico: |
17,00 € |
Urgente: |
22,00 € |
| Canarias |
Económico: |
17,00 € |
Urgente: |
22,00 € |
| Envíos por Correo Certificado |
| Normal: 3,50 € |
Urgente: 5,50 € |
Contrareembolso: 6,00 € |
(*) Precios IVA Incluido
(**) Los importes de la gestión se abonarán a través de la cuenta corriente indicada al efecto bien telefónicamente, bien a través de e-mail, debiendo poner en el concepto el nombre del titular o solicitante para identificar el ingreso.
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| Horario de 08:00 a 19:30 h de Lunes a Viernes |
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