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El trámite de Apostilla consiste en colocar sobre un documento oficial o público una apostilla o SELLO por la autoridad competente que certifica la autenticidad del documento para su uso fuera de España. Dependiendo del documento, es posible que sea necesario presentarlo en diferentes organismos Españoles previamente a ser legalizado con la Apostilla.
Se puede realizar tanto sobre documentos emitidos por la Administración Española (certificados, resoluciones, etc...) de cualquier ámbito (administración central, autonómica o local), así como sobre escrituras notariales de cualquier tipo otorgadas ante notarios españoles, o sobre documentos privados cuyas firmas hayan sido legitimadas por notario español.
Los países firmantes (pulse aqui para ir al listado de paises firmantes) del XII Convenio de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado, de 5 de octubre de 1961, reconocen por consiguiente la autenticidad y validez de todos los documentos que lleven la apostilla, con independencia del país en que hayan sido expedidos.
La Apostilla de la Haya elimina la necesidad de legalizar el documento en el consulado de España del país en el que se pretende utilizar del documento, siendo reconocidos en cualquier otro país del Convenio sin necesidad de otro tipo de autenticación.
Según el tipo de documento público de que se trate, en España son tres las "Autoridades apostillantes", cuya competencia para cada caso en particular se establece acudiendo a las siguientes reglas y Comunidades Autónomas según la Comunidad Autónoma que expidió el documento.
| LOS DOCUMENTOS DEBEN APOSTILLARSE EN LA COMUNIDAD AUTONOMA QUE EXPIDE DICHO DOCUMENTO. |
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Apostilla de documentos emitidos por autoridades judiciales (autos, sentencias y demás providencias emanadas de cualquier autoridad judicial, de cualquier instancia (Juzgados, Audiencias Provinciales, Tribunales Superiores de Justicia) y de todas las ramas de la jurisdicción (civil, penal, social, contencioso administrativa), el documento debe ser apostillado por el Secretario del Tribunal Superior de Justicia de cada Comunidad Autónoma).
Direcciones de las Secretarias de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia de cada Comunidad Autónoma:
Andalucía: Pza. Nueva. 18071. Granada. Tfno. 958 00 26 12.-958 00 27 34.
Ceuta: Edif. Ceuta-Center. C/ Padilla S/N. 2ª Plta. 51071 Ceuta. Tlf. 856 20 07 48.
Melilla: Edif. V Centenario. Torre Norte 13ª Plta. 52001 Melilla. 952 69 89 64
Aragón: C/ Coso, 1. 50071. Zaragoza. Tfno. 976 20 83 92.
Asturias: Plaza Porlier, 3. 33071. Oviedo. Tfno. 985 98 84 06.
Baleares: Plaça des Mercat, 12. 07071. Palma de Mallorca. Tfno. 971 72 33 69.
Canarias: Pza. San Agustín, 6 Vegueta. 35071. Las Palmas de Gran Canaria. Tfno. 928 32 50 00.
Cantabria: Avda. Pedro San Martín, s/n. 39071. Santander. Tfno. 942 35 71 18.
Castilla la Mancha: C/ San Agustín, 1. 02071. Albacete. Tfno. 967 59 65 09.
Castilla y León: C/ San Juan, 2. 09071. Burgos. 947 25 96 62/63.
Cataluña: Pº. Lluís Companys, 14-16. 08071. Barcelona. Tfno. 900 90 12 34.
Comunidad Valenciana: C/ Palacio de Justicia, s/n. 46071. Valencia. Tfno. 963 87 69 22.
Extremadura: C/ Peña s/n. 10071. Cáceres. Tfno. 927 62 02 05.
Galicia: Pza. Galicia, s/n. 15071. La Coruña. Tfno. 981 18 22 98.
La Rioja: C/ Víctor Pradera, 2. 26001. Logroño. Tfno. 941 29 64 00/01.
Madrid: General Castaños, 1. 28071. Madrid. Tfno. 91 493 49 34.
Murcia: Pº Ronda de Garay, 5. 30003. Murcia. Tfno. 968 22 91 02/30.
Navarra: C/ San Roque, 4. 31071. Pamplona. Tfno. 848 42 40 58/60.
País Vasco: C/ Barroeta Aldamar, 10. 48001. Bilbao. Tfno. 944 01 66 53.
- Documentos autorizados notarialmente y documentos privados cuyas firmas hayan sido legitimadas por Notario:
La autoridad apostillante competente será el Decano del Colegio Notarial de cada Comunidad autónoma o miembro de su Junta Directiva.
Pulse aquí para acceder al directorio de Colegios Notariales (www.notariado.org)
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Apostillar documentos públicos:
a) Para apostillar documentos públicos de la Administración Central: La autoridad apostillante competente es el Ministerio de Justicia, que está ubicado en la Plaza de Jacinto Benavente nº 3, 28071 - Madrid.
b) Para apostillar documentos públicos de las restantes Administraciones: Periférica (Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en cada Comunidad Autónoma y/o Provincia), Autonómica, Provincial, Municipal y Órganos Autónomos de la Administración Central: Será autoridad apostillante competente, a elección del interesado, cualquiera de las mencionadas en los apartados 1 y 2 , es decir, o el Secretario de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia o el Decano del Colegio de Notarios.
TARIFAS
| Honorarios Gestoría |
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| Apostillado de documentos en la Comunidad de Madrid |
| Un documento |
20,00 € |
| Dos documentos |
30,00 € |
| Tres documentos |
40,00 € |
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| Legalizaciones Previas |
| Tribunal Superior de Justicia Madrid |
20,00 € |
| Tribunal Superior de Justicia Otras Comunidades |
20,00 € + Gastos Envio |
| Ministerio de Justicia |
20,00 € |
| Cámara de Comercio de Madrid |
20,00 € |
| Conjeso Cámaras de Comercio |
20,00 € |
| Ministerio de Educación |
20,00 € |
| Otros Organismos |
Consultar precios |
| Legalizaciones posteriores Consulares |
50,00 € |
| Envíos por Mensajería |
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Antes 19:00 h |
Antes 14:00 h |
Antes 12:00 h |
Antes 10:00 h |
| Madrid Capital |
5,00 € |
Mismo día/Sig. |
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NO |
| Madrid Resto |
5,50 € |
7,50 € |
9,50 € |
10,50 € |
| Península |
10,00 € |
13,00 € |
17,00 € |
22,00 € |
| Baleares |
Económico: |
16,00 € |
Urgente: |
22,00 € |
| Canarias |
Económico: |
16,00 € |
Urgente: |
22,00 € |
| Envíos por Correo Certificado |
| Normal: 3,50 € |
Urgente: 5,50 € |
Contrareembolso: 6,00 € |
(*) Precios IVA Incluido
(**) Los importes de la gestión se abonarán a través de la cuenta corriente indicada al efecto bien telefónicamente, bien a través de e-mail, debiendo poner en el concepto el nombre del titular o solicitante para identificar el ingreso.
| Horario de 08:00 a 19:30 h de Lunes a Viernes |
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