La Ley de Emprendedores, en lo relacionado a los Profesionales altamente cualificados, prevé la concesión de la autorización inicial  y las posteriores renovaciones por dos años o bien por la propia duración de la relación Laboral o Mercantil.

El plazo para realizar la renovación del Permiso de Residencia y Trabajo se establece en los 60 días naturales anteriores a la de la fecha de caducidad de la autorización, pudiéndose presentar también en el plazo de los 90 días naturales posteriores con independencia de la posibilidad de que se abra un expediente sancionador por presentarlo tras la fecha de caducidad del permiso de trabajo.

Todas las solicitudes de estos permisos de trabajo de la Ley de Emprendedores que se establecen en la Ley 14/2013 hay que realizarse obligatoriamente a través de la Sede electrónica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Hay que hacerlas de forma telemática y a través de la Web del Ministerio, se deben realizar a través del siguiente link.

ley de emprendedores

Desde la Gestoría FGM, les ofrecemos la posibilidad de asesorarles en todos los trámites de obtención y renovación de su permiso de Trabajo y Residencia establecido en la Ley de Emprendedores en cualquiera de sus vertientes respecto de la Movilidad Internacional (Inversores, Emprendedores, Profesionales altamente cualificados, Traslados Intraempresariales o bien Investigadores, personal científico o técnico.

En cuanto a la obtención de su autorización para trabajar en España, el asesoramiento debe ser integral, es decir conocer los requisitos y documentación para poder obtener el Permiso de trabajo y Residencia para el Titular y los Familiares del titular  que le acompañen y por otro lado toda la información fiscal referente a sus impuestos en España, es decir la posibilidad de acogerse al Régimen fiscal de No Residentes para los desplazados a nuestro País a través del modelo 149 aunque se sea residente fiscal en España durante el tiempo en que residan y trabajen aquí y su posterior declaración tributaria anual en España mediante el modelo 151, o bien elegir el sistema de tributación general como Residente en nuestro País.

Profesionales altamente cualificados

Le ofrecemos para la renovación de su permiso de trabajo y residencia como Profesional altamente cualificado la posibilidad de realizar la tramitación telemática íntegramente a través nuestra, desde la Gestoría FGM procederíamos a realizar el trámite electrónico por usted y sus familiares que viven en España, le ofrecemos por tanto:

  1. Obtención de una firma electrónica propia, no exportable y con la que en su nombre presentaríamos la solicitud de renovación y obtendríamos cualquier documentación necesaria. La Gestoría FGM es entidad certificante y puede preverle de su certificado digital al instante y de forma segura.
  2. Presentación del modelo de solicitud de renovación de su autorización de Residencia y trabajo.
  3. Confección y pago de la Tasa por importe de 76,36€ (Importe para el ejercicio 2018).
  4. Adjuntaremos cualquier otro documento necesario para su renovación como la copia completa del Pasaporte, copia del NIE, certificado de antecedentes penales si fuera necesario, contrato de trabajo, etc…
  5. A través de la firma digital del Titular de la Autorización podrán obtenerse de forma automática y a través de Internet documentos que pueden ser necesarios como el Volante de empadronamiento, una vida Laboral o un certificado de estar al corriente de pago en la Agencia Tributaria.
  6. Seguimiento de su expediente desde la solicitud hasta la comunicación de la concesión o no de su renovación solicitada.

No lo dude y confíe en un Profesional la tramitación de su renovación del Permiso de Trabajo y Residencia para Profesionales altamente cualificados, confíe en nosotros, en la Gestoría FGM en Madrid.

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