El SII o Suministro Inmediato de Información del IVA ya es una realidad en la Agencia Tributaria desde el pasado 01 de julio de 2017.

Este nuevo sistema de información respecto del IVA se aplica a unos 63000 contribuyentes, lo que es equivalente al 80%-85% del total de la facturación de las Empresas en Territorio Español. Desde el segundo semestre del año 2017, las grandes empresas, las incluidas en el sistema del REDEME y las que tributan en regímenes especiales de IVA se verán obligados a informar casi en tiempo real de sus operaciones a la Agencia Tributaria.

Este nuevo sistema de tratamiento y suministración de la información del IVA, lleva consigo una mayor gestión administrativa por parte de las Empresas y una necesaria actualización de los sistemas informáticos en cuanto a la gestión de la facturación y de los gastos. Por eso desde la Gestoría FGM, les proponemos y les ofrecemos nuestra ayuda en esta nueva tarea administrativa y fiscal de suministro inmediato de información – SII.

Les ofrecemos nuestra amplia experiencia, en la que desde el año 1972 prestamos los servicios de Asesoría de Empresas para facilitarles su labor comercial y de gestión empresarial.

Con nuestro software, usted podrá mecanizar si lo desea sus propias facturas o dejarnos a nosotros esa tarea, junto con la de presentar a la Agencia tributaria a través de internet el SII en los plazos establecidos.

Confíe en nosotros y no esté pendiente de actualizaciones informáticas para tener siempre la gestión del SII al día, ya nos actualizamos nosotros por usted.

SII

1.- Significado del SII

El Suministro Inmediato de información del IVA consiste en el suministro telemático a través de internet de los libros registros de IVA, tanto de las facturas emitidas, como de las recibidas, los bienes de inversión y otro tipo de operaciones como por ejemplo las facturas intracomunitarias. Dotando al sistema de un mejor control tributario.

Este envío de información debe realizarse cada 4 días (excluidos sábados, domingos y festivos nacionales) desde la expedición o contabilización de la factura. Se establece para estos 6 primeros días de vida de este sistema SII un plazo transitorio de 8 días.

De forma extraordinaria, también hay que suministrar la información del primer semestre del año 2017, del 01 de julio al 31 de diciembre de 2017.

La información a suministrar es la relativa a la composición de la factura, no se trata de enviar a la Administración tributaria una copia de la factura.

2.- Sujetos obligados al SII

Estarán obligados a la transmisión de los datos referentes al IVA los siguientes colectivos de tributación mensual:

  • Grandes Empresas, cuyo volumen de facturación supere los 6 millones de €uros.
  • Empresas que tributan en el régimen especial de grupos de IVA
  • Las Empresas inscritas en el REDEME (Régimen de devolución mensual).

Asimismo podrán a acogerse de forma voluntaria a este régimen aquellas Empresas que así lo soliciten en los plazos establecidos por Ley

3.- Cambios que produce el SII en la manera de informar a Hacienda sobre un impuesto estrella, el IVA.

  • Se traslada el plazo de presentación de la autoliquidación del IVA pasando del día 20 al 30 de cada mes.
  • Posibilidad de modificar los registros ya informados previamente de forma telemática.
  • Este suministro casi diario tiene como consecuencia la desaparición de modelos informativos para estas Empresas como el 340, 347 y el modelo 390.
  • Con tanta información “inmediata” las devoluciones deben ser más rápidas.

 

4.- Plazos de envío de los registros a la Agencia Tributaria en el SII

Ir a la Web de la aeat.

SII