La Visa de Estudiante en España puede solicitarse tanto desde el País de origen como directamente desde España.

Todos aquellos extranjeros que no pertenezcan a la UE y que tengan la intención de estudiar en España por un período superior a 90 días deben solicitar un Visado de Estudios en España, este tipo de NIE por Estudios es el mismo que deben solicitar para actividades de formación, voluntariado, prácticas no remuneradas e investigación.

Para estancias por estudios en España con duración inferior a 90 días puede requerirse Visado si así lo establece su País

VENTAJAS DEL VISADO DE ESTUDIOS

  • Este tipo de Visa de Estudios permite venir acompañado por tus familiares durante el período en el que disfrutes de la Visa de Estudiante y sin obligar a que ellos también realicen estudios en España.
  • Estancia en España por una duración superior a los 90 días establecido para las estancias en España por turismo, y por tanto esta Visa de Estudiante en España te permite viajar por todo el Territorio de la UE – Schengen.
  • Una vez establecido en España, podrás compatibilizar tu Visado de estancia por Estudios con un trabajo a tiempo parcial, que te permita mantener tus medios económicos para poder continuar tus estudios en España.
  • Asimismo podrás modificar la Visa de Estancia por Estudios a la de Permiso de Residencia y Trabajo por cuenta ajena o propia, cumpliendo los requisitos establecidos por Ley.
  • Además una vez modificada tu situación a Permiso de residencia y Trabajo, el tiempo de estancia con Visa de Estudiante en España se computará al 50% para la obtención de la Residencia de Larga Duración UE en España.
  • La única desventaja es que este tiempo de estancia con Visa de Estudios en España, no computa a efectos de residencia en España si luego tiene pensado optar por la NACIONALIDAD.

REQUISITOS PARA SOLICITAR LA VISA DE ESTUDIANTE

  • Estar en posesión del Pasaporte en vigor durante el tiempo de estancia por Estudios.
  • Admisión en un centro de enseñanza autorizado para realizar un programa a tiempo completo en España, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.
  • Tener medios económicos suficientes tal y como establece la Legislación Española, con la finalidad de no ser una carga para el estado Español y que se tengan recursos económicos suficientes para la estancia en España durante los estudios y los gastos necesarios para el regreso a su País de origen.
  • Suscripción de un seguro médico privado que se concierte con una Aseguradora que esté autorizada a operar en España. Si necesita un presupuesto de su seguro médico no dude en pedírnoslo. El seguro médico de viaje no es válido, debe ser un seguro de salud sin copagos ni franquicias.
  • Carecer de antecedentes penales de los países de residencia durante los últimos cinco años, para estancias por estudios en España superiores a 6 meses. Este certificado de antecedentes penales debe estar Legalizado o Apostillado según la normativa de cada País de origen, para que pueda tener validez en España.
  • Tener un certificado médico que dictamine que el paciente no padece ninguna enfermedad con repercusiones de salud pública grave, tal y como establece el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
  • Si el estudiante es menor de edad (en España la minoría de edad es hasta los 18 años), tener una autorización de los padres o tutor Legal a través de Notario por ejemplo.
  • Justificación del pago de la Tasa correspondiente.

PROCEDIMIENTO PARA OBTENER EL VISADO DE ESTUDIANTE EN ESPAÑA

1.- El modelo o formulario de solicitud de hacerlo directamente desde España es el EX-00, el rellenar estos modelos en materia de extranjería es sencillo sin embargo gestionarlos y presentarlos de una forma errónea puede provocar que la Visa de Estudios para España no se consiga o se deniegue.

Confíe en nuestra Gestoría Administrativa, como especialistas en materia de extranjería, el asesoramiento, gestión y presentación telemática de su solicitud del Visado de Estudios.

2.- La solicitud puede realizarse bien desde el País de origen o bien desde España. Debe realizarse en el propio Consulado o embajada Española donde pertenezca tu ciudad. O bien, con la nueva normativa vigente desde Septiembre de 2018, presentar la solicitud de visa de estudiantes directamente desde España.

Este trámite de hacerlo desde España, debe realizarse dentro de los primeros 60 días de estancia en España o lo que es lo mismo y como establece la Legislación, antes de un mes de la caducidad de los 90 días de estancia por semestre.

Por eso si decide optar por esta visa debería contactar con nosotros antes de viajar para poder asesorarle en cuanto a qué documentos originales de su propio País debe traer consigo, con independencia de la cuidad Española en la que vaya a residir, pues desde la Gestoría FGM y de forma telemática podemos presentar su solicitud de visa de Estudiante online por usted.

3.- El plazo de resolución de este permiso de estancia por Estudios por parte de Extranjería de las autoridades Españolas es de un mes.

4.- La duración de esta Visa de Estudios sería la misma que la de la estancia autorizada. Este plazo dependerá de si los estudios a realizar son de más de 6 meses o no. En caso de ser inferior a los 6 meses, la visa se concederá por este plazo y de ser superior a los 6 meses, se concederá una Visa de Estudiante por 90 días para proceder a la solicitud de la Tarjeta de Identificación del Extranjero (TIE), teniendo esta TIE la misma vigencia que los estudios a realizar con un tope de 1 o 2 años, en función de qué tipo de estudios se realice.

Recuerde que para el trámite de la renovación de la Residencia o estancia por Estudios podemos ayudarte y que también en caso de encontrar trabajo y de necesitar modificar tu estancia por estudios también podemos ayudarte a gestionar todo el papeleo administrativo.

Puede consultar esta información desde la Web de extranjería al efecto desde aquí.