Novedades fiscales 2015, empezamos el año y como no podía de ser de otra manera trae novedades para el 2015 como cada inicio de ejercicio.

Respecto a la seguridad social, la base mínima de autónomos sube el 1%, pasando a ser de 884,40 euros de base imponible, siendo la base un poco mayor para los autónomos societarios.

Para los trabajadores Autónomos dependientes, los conocidos como TRADE, no sera necesario tener inscrito el contrato en el SEPE para poder optar a la prestación de cese de actividad.

Otra de las novedades fiscales 2015, es que las retenciones de los profesionales bajan del actual 21% al 19% siendo en el ejercicio próximo, el 2016, de un 18% la retención. Recordemos que recientemente se ha aprobado una retención reducida  del 15% para los autónomos con ingresos inferiores a 15000 euros. No ha cambiado sin embargo el que para los nuevos autónomos, se pueda aplicar el 9% de retención en el ejercicio de inicio y los dos siguientes.

Respecto a los gastos de difícil justificación en el régimen de estimación directa simplificada se ha topado a 2000,00 euros dichos gastos como otra de las novedades fiscales 2015, y otra novedad es la supresión de la deducion del 20% para las pymes por el mantenimiento del empleo que existía en estos últimos años.

Para las entidades acogidas a módulos apenas hay diferencias entre el ejercicio 2014 y el ejercicio 2015, sin embargo los cambios van a surtir efectos para el ejercicio 2016, pues entre otras variaciones encontramos las siguientes:

  • El umbral de exclusión baja de 450.000,00 a 150.000,00 para los ingresos y de 300000,00 a 150000,00 para los gastos.
  • Quedando excluidas también del régimen de módulos las actividades incluidas en las divisiones 3, 4, y 5 de la sección 1 de las Tarifas del Impuesto de Actividades Económicas a las que se les aplique en el año 2015 la obligación de practicar retención al 1% (actividades de fabricación y construcción (albañilería, fontanería, instaladores, carpintería, cerrajería, pintura…)).

Otra de las novedades fiscales 2015, es la aplicación del IVA a las exportaciones de productos y servicios digitales a países de la Unión Europea, pasando a tributar por el tipo impositivo del IVA en el país de destino.

Respecto a las retenciones a realizar en los alquileres de bienes inmuebles, para este año 2015 la novedad es que bajan del 21% al 20% para el ejercicio 2015 y y al 19% para el año 2016.

Dejamos ya dicho que para el año 2016, se avecinan cambios importantes para la tributacion de las sociedades civiles.

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