El igual que ocurre en otros regímenes de la Seguridad social, a finales de este mes de Agosto la Seguridad Social procederá a realizar el cobro de la cuota del mes anterior por el alta de la empleada de hogar.
Es un error muy común el pensar que se está pagando el mes en curso y no el mes anterior con lo que al dar de baja por el motivo que sea, todavía nos quedará un mes de pago pendiente al cobrar por parte de la TGSS la cuota a mes vencido. Recuerde, este mes de Agosto de 2013, pagaremos la cuota perteneciente al mes de Julio de 2013.
No entiendo muy bien el mensaje. ¿Cual es la cuota que tengo que pagar?. ¿29,86 euros? Si esta es la cuota, ¿porque dice que este mes de agosto tengo que pagar la perteneciente al mes de julio? La cuota del mes de julio ya lo pague ese mes
La cuota de la Seguridad Social en el régimen de Empleadas de Hogar se pagan a mes vencido. Es decir, la cuota de Julio se paga en Agosto y la de Agosto en Septiembre.
Un saludo
La cuota de la seguridad social de las empleadas de hogar se paga siempre a mes vencido.
Hace más de un mes que fui de alta a mi empleada de hogar en la seguridad social y aún no me han cobrado las cuotas, es normal?. Gracias
Buenas noches, las cuotas en el régimen de empleados de hogar se paga a mes vencido, es decir la cotización del mes de noviembre, debe abonarse a finales del mes de diciembre, el último día hábil.
Hola si me contratan como empleada de hogar 20 horas semanales y el sueldo es de 370 al mes, cuanto pagaré de seguridad social??? Gracias
Y el empleador cuanto pagará por mi???? He leído que por ser la primera vez que contrata a alguien hay un 20% de descuento???
Buenos días:
el día 14 de junio di de alta a una empleada de hogar pero aun no me han cobrado la cuota la Seguridad Social, es normal?
Gracias
Buenas tardes, si es normal. En el régimen especial del Servicio del Hogar familiar, la cuota de la Seguridad social se abona a mes vencido, es decir a 31 de agosto de 2017.
Yo tengo un problema similar. La di de alta el 8 de junio de 2018 y todavía no me han pasado la cuota (estamos a 4 de julio). Entendía que era a mes vencido, osea a final de junio debería ser, no? Gracias
Al darla de alta en el mes de junio, el cobro se produce en el último día hábil del mes posterior, es decir a finales de Julio.
Hola ami.me dieron de alta el 19 de enero del 2021 ennque fecha tiene que pagar mi empleadora
En el régimen de Empleadas de hogar las cuotas deben ingresarse a mes vencido.
Un saludo Francisco
Siempre me han cobrado el pago de la SS el último día del mes, hoy aún no lo cobran. Mi empleada renunció el mes pasado, no deberían cobrarme el proporcional a los días que trabajo?
Muchas gracias
En el sistema de Empleadas de Hogar, la cuota de la Seguridad Social se abona el último día hábil del mes siguiente. Por lo que es raro lo que nos comenta.
Hola buenas tardes
Tengo algunas dudas para elaborar una nómina de un empleado de hogar? Y puede que haya excepciones en su elaboracion.
¿El empleado estaría incluido en el grupo de cotización 10 de peón? o independiente de esos grupos en categoría especial?
En cuanto a las bases de cotización, existe solo una base sobre la cual calcular los porcentajes? o existe una base mínima y otra base máxima como en régimen general normal?
Normalmente como se le calculan la nómina a los empleados de hogar? por horas o diarias? o mensual?
Espero que puedan ayudarme
Disculpen. Gracias
Buenas tardes, existen tramos diferente de cotización para este sistema de la Seguridad Social de las Empleadas de hogar, las cuestiones que me plantean son varias y con múltiples respuestas y variantes, siendo la mejor opción que se pase por la Gestoría para hacer esas consultas o ben contratar nuestros servicios de confección de nóminas para el servicio doméstico
Si doy de alta a una empleada de hogar el dia 20 del mes, tengo que pagar todo el mes de cuota a la seguridad social o cobraran solo los 10 dias que quedan de este primer mes?
Buenas noches, el importe de la cuota a pagar de la Seguridad social de una empleada de hogar es proporcional a los días dados de alta. De todas formas tenga en cuenta que el cargo de la Seguridad social debe hacerse mediante domiciliación bancaria obligatoriamente y siempre es a mes vencido.
Hola yo gano 1535 comí empleada del hogar, cuánto debería pagar mi empleador a la seguridad social y cuánto yo
Buenas tardes,
Tengo unas cuantas preguntas, y espero que me pueda responder.
1. Si di de alta a una empleada de hogar el dia 4 de un mes, me van a cobrar para el mes entero, o se proporciona la cuota, contando a partir del dia del alta?
2. Si esta embarazada, cuando va a coger la maternidad pagare la misma cuota, o se disminuira?
Buenas tardes, el pago de la cuota de los trabajadores del Servicio doméstico se realiza a mes vencido y proporcional a la fecha del alta en la Seguridad Social. Durante el período de Incapacidad Temporal la cuota de la Seguridad social se mantiene abonando.
Buenas noches, si di de baja a la empleada de hogar el dia 10 de septiembre, porque me cobran todo el mes si nada mas que trabajo 10 dias del mes?
Gracias
Buenos días, no creo que la hayan cobrado todo el mes. Imprima bien el justificante de pago de la cuota de su Empleada de Hogar, pues en este Régimen del Servicio Doméstico el pago de la cuota a la Seguridad Social se hace con un mes de diferencia con lo que seguro que la estarán cobrando en el mes de Septiembre la cuota correspondiente al mes de Agosto por el mes completo de alta de su Empleada de Hogar.
Un saludo Gestoría FGM
Mi empleada de hogar se despide el 10 de noviembre,
¿Que cuota me cobrará la SS?
Ya os he leído que se paga el mes anterior pero no sé si la SS cobra todo el mes
Gracias.
Buenas tardes es correcto, el pago de la cuota en el régimen Especial del Régimen de Empleadas de Hogar se realiza a mes vencido. A su segunda pregunta, la respuesta es si, se paga proporcional a los días trabajados.
Un saludo Gestoria FGM
Buenos días, si quiero dar de alta a una trabajadora como empleada del hogar es obligatorio domiciliar los pagos de la seguridad social o puedo hacer pagos electrónicos.
Un saludo
Buenos días, el pago de cuotas del Régimen de empleadas de hogar se hace siempre por domiciliación bancaria desde la última modificación. No puede hacerse ningún pago electrónico ni transferencia.
En este régimen además recordarle que el pago de los Seguros Sociales se hace a mes vencido, por ejemplo, la cuota de Febrero se abona en el mes siguiente, en el mes de Marzo.
No me han cobrado el recibo de mi empleada de hogar perteneciente a marzo y estamos a 4 de mayo. Hay dinero en la cuenta, no he devuelto el recibo y ella sigue de alta. ¿Que debo hacer?.
Gracias
Buenos días, debería verificar la cuenta corriente informada a la Tesorería General de la Seguridad Social para el cobro de la cuota de su Empleada de Hogar.
Nuestra Gestoría podría verificar este extremo pero sólo en el caso de tener autorizado en la TGSS su número de inscripción de la Seguridad Social para este tipo de empleados del Servicio domestico.
Si quiere que le ayudemos, contacte con nosotros.
Gestoria FGM
Hola buenos dias.Necesito ayuda para resolver mi duda. Yo tengo 55 años,trabajo de interna,con contrato indefinido,cuido una señora mayor con demencia senil de grado 3. Llevo con ella 4 años y medio.Sé que cuando se me termina este trabajo no tengo derecho al paro. Mi pregunta es: ¿ puedo pagar yo más a la seguridad social en régimen general para que cuando termino este trabajo pueda cobrar el paro? O si hay alguna otra forma de pagar en régimen general? Gracias y espero tu respuesta.Un saludo
Buenos días, este régimen de empleadas de hogar no tiene derecho a desempleo entre otras cosas porque su cotización no aporta para poder tener desempleo, es decir el coste mensual es casi la mitad que la de una Empresa precisamente porque no se tiene derecho a paro al ni siquiera pagar o aportar a la seguridad social por ello.
No vaa poder cotizar usted para tener desempleo.
Un saludo
Francisco
Buenos días: la empleada del hogar se despidió voluntariamente y la di de baja en la SS el día 26 de diciembre de 2020. He leído que es normal que me carguen la última cuota en enero? entiendo que corresponde a los días que trabajó en diciembre? Gracias
Realmente normal no es que haya nada, todo está legislado y en este sentido la legislación en materia del servicio doméstico establece que se abonen las cuotas de la Seguridad Social a mes vencido con lo que si fue baja en Diciembre de 2020, concretamente el 26/12, en el mes de enero la cargarán en el banco donde tenga la domiciliación bancaria el coste de la Seguridad social de los 26 días de Diciembre sólo.
Un saludo, Francisco
¡como puedo consultar la cuenta donde supuestamente tengo domiciliadas las cuotas de seg-social como empleadora?, no me han pasado ninguna y la dí de alta en marzo. Tengo certificado electrónico.
Toda esta información es accesible a través de la firma digital del titular. La otra opción es autorizarnos a nosotros como Gestoria Administrativa para que podamos gestionar el número de la seguridad social donde figuran de alta las empleadas/os de hogar a su cargo.
En el caso de que no disponga de firma digital, nosotros como entidad certificante que somos podemos generarle en 10 minutos un certificado electrónico de 12 meses de duración, auque este certificado no es exportable, sólo podemos gestionarlo dese la Gestoria FGM.
Tiene más información en nuestra Web en la sección de FIRMA ELECTRONICA
Un saludo, Francisco
Buenas,
dónde puedo consultar cuánto y cuándo me van a cobrar por el alta de 100 horas mensuales a una empleada del hogar?
Buenos días en nuestra sección de empleadas de hogar, tiene un Excel con los tramos y costes de asociados al sueldo de las empleadas de hogar, le adjunto el link de la sección, https://www.gestoriafgm.es/empleadas-del-hogar en la zona de más información lo tiene usted.
Un saludo
Cuando se pasa a un bloque superior de cotización, sin modificar el contrato de horas, por aumento del precio de la hora. La seguridad social adapta el aumento del cobro , ya que se encuentra domiciliado?
Buenos días, no la Seguridad Social tiene la información que cada ciudadano les indica y por tanto todo cambio requiere una variación de datos. Desde la Gestoría FGM contamos con un servicio anual del Servicio Doméstico entre otras cosas por este motivo, para tener informada a la TGSS de cualquier variación respecto del Régimen de Empleadas de Hogar.
Un saludo Francisco
Buenas noches.
He recibido una notificación de Providencia de Apremio reclamándome una cantidad (1.007,59 €) que al parecer corresponden a cuota impagada del mes de mayo 2020.
Resulta que esto corresponde a un convenio especial y la Empresa pagó hasta el 5/05/2020. El día 6/05/2020 cumplí los 63 años y el primer cobro de mi pensión está liquidado desde el 7/05/2020 al 31/05/2020.
Creo que no me corresponde pagar la cantidad que me reclaman.
Buenos días, para esta consulta se hace obligatorio que nos pida cita previa en la Gestoría y tratar de verlo.
Un saludo
Hola si di de alta hace un mes a la empleada de hogar y el mes siguiente está de parto, ella tendría derecho al subsidio por maternidad y seguiría pagando normalmente su seguridad social. Gracias
Para tener derecho a la prestación de maternidad se necesita una carencia específica. Para no equivocarnos deberíamos tener una vida laboral y verificar si tienes derecho a la Maternidad o no.
Un saludo
Como puedo ver si mi empleadora a pagado mi seguridad social
En la Sede Electrónica de la Seguridad Social y con firma digital, tiene un apartado donde obtener un informe de bases de cotización e informe de bases y cuotas ingresadas, por lógica desde ahí podría obtener la información que busca en función de cada régimen.
Debe verificar con una vida laboral si se encuentra dada de alta.
Un saludo Francisco
Me están cobrando SS de mi empleada hogar más de lo que debieran por ser cuidadora de familia numerosa; no se me está aplicando. Donde recurro?? Es con carácter retroactivo?? Puesto que me pidieron el título familia numerosa al hacerme CCC
Si la Seguridad Social desconoce que usted es familia numerosa no le van a aplicar esa bonificación. Para ello primero hay que comunicar a la TGSS esta característica y luego gestionar el alta en el Servicio doméstico.
Si quiere que le ayudemos con el trámite no dude en comunicar con nosotros.
Francisco, Gestoria FGM
Hola,
mi duda es muy sencilla y probablemente muy obvia, pero quiero estar seguro. Una vez dado de alta como empleador con mi CCC y también de alta la empleada de hogar, ¿las cuotas de cotización se me cargan automáticamente en la cuenta bancaria según lo datos facilitados? o ¿es preciso hacer alguna gestion/autoliquidación a parte?
Gracias
En el Régimen de empleadas/os de hogar las cuotas se abonan a mes vencido, es decir la cuota por el trabajo realizado durante este mes de Septiembre se carga en el banco a finales del mes próximo, el mes de Octubre. Por otro lado la cuenta corriente donde se domicilia, se indica a la hora de dar de alta el CCC, como usted indica. Para más información puede consultar nuestra sección de la Web referente al Servicio doméstico o incluso contratar nuestro servicio anual de nóminas para el servicio doméstico.
Muchas gracias, Gestoria FGM
Hola buenos días,
Con fecha 1/10/2020 di de alta a una empleada de hogar, hoy es día 03/11/2020 y aun no me han pasado nada por el banco, me refiero a la cotización, saben si hay algún problema actualmente con el cobro de esto por parte de la SS? Me lo tendrían que haber pasado ya? Puedo yo abonarlo en algún sitio por si me van a pedir algo por demora? Si me pueden decir algo les agradecería enormemente. Un saludo
Buenas tardes, esta misma pregunta ya se ha realizado con anterioridad. Informarte que este régimen de Empleadas de hogar tiene el pago de cuotas a la seguridad social a mes vencido, es decir a tu consulta, las cotizaciones del mes de Octubre de 2020 se abonarán el ultimo día habil del mes de Noviembre de 2020
Francisco, Gestoria FGM
Buen día,
Quería verificar si di de alta a una chica el 13 de julio y de baja el 3 de noviembre de este mes. Hoy me llega una cuota entera de €263.34
Hay algún error por parte de la TSS o esta correcto el cobro completo? Gracias.
Buenas tardes, como nos hace la consulta el 30/11/2020 la cuota abonada el 30/11 corresponde al período del mes de Octubre 2020 por lo que es correcto. En este régimen de Empleadas de Hogar la cuota se abona a vencido. La cuota a abonar a finales del mes de diciembre debiera de ser por los 3 días de Noviembre 2020.
Francisco
Hola, que ocurre si a la fecha del cargo no tenía suficiente dinero en la cuenta y me devuelven el recibo? Me lo cargan con intereses automáticamente al mes siguiente?
Muchas gracias de antemano.
Buenos días, si no hay saldo suficiente y el banco no hace el cargo, la Tesorería General de la Seguridad Social no vuelve a pasar el recibo por el banco con intereses de demora. Debería solicitar usted el recibo con el recargo correspondiente o bien generarlo con firma digital. Nosotros como Gestoría somos entidad certificante y podemos generarla una firma digital al momento por 24 horas para realizar ese trámite de su empleada de hogar.