Subida del SMI en las Empleadas del hogar

La subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), y cómo afecta este a las nominas de las Empleadas de hogar, es un tema que nuevamente se pasa por alto con la llegada del nuevo año y la velocidad de las vacaciones, el cierre del ejercicio anterior y las perspectivas de un ejercicio que comienza a la misma velocidad que la que termina el anterior.

Cuando se presentó en la Tesorería General de la Seguridad social el ALTA del trabajador del servicio doméstico o empleada/o de hogar se consignó el importe a cobrar con la inclusión del importe de las pagas prorrateadas. Esta solicitud de afiliación a la TGSS del Empleado de Hogar normalmente suele coincidir en su importe con la cantidad del SMI vigente en cada ejercicio.

¿Cómo actualizar el Salario de las Empleadas de Hogar?

Con esta comunicación a la Tesorería por parte del Empleador de este importe del sueldo recibido mensual, la Tesorería General de la Seguridad Social envía a final de mes el cargo domiciliado en función del tramo de cotización que corresponda según el salario con las pagas extraordinarias prorrateadas que se abone a la Empleada de Hogar.

Pues bien, tal y como recuerda la Seguridad Social con las cartas enviadas a los Empleadores en el año 2019 y actualmente a comienzos de este año 2022 como campaña para la concienciación a las personas que dan ocupación en el Sistema Especial de Empleados de Hogar, este importe debe actualizarse en la propia Tesorería cuando se produzca cualquier variación a lo largo de la relación entre el empleador y empleada de hogar, esta variación puede deberse a un aumento o disminución de horas o días de trabajo o bien a que el salario mínimo  (SMI) a cobrar por el empleado haya sufrido cualquier variación o actualización por parte del Gobierno de España (caso de la aplicación del SMI en el parámetro de cobro de los empleados del servicio doméstico).

Nuevamente para este ejercicio hay que verificar si el SMI en vigor ha sido actualizado, por un lado que el salario abonado en función de las horas trabajadas por la Empleada de Hogar corresponda como mínimo con el importe marcado por el Salario Mínimo Interprofesional y que además el tramo correspondiente a su salario esté bien comunicado y actualizado a la Tesorería General de la Seguridad Social.

Con la llegada de un nuevo año, el salario de las empleadas de hogar puede sufrir, por tanto, un incremento sustancial que tiene que verse reflejado por la consiguiente modificación de ese importe mediante una variación de datos en la Tesorería General de la Seguridad Social cuyo plazo establecido por Ley, es durante los 3 primeros días del mes.

Esta variación de datos se realiza en la Seguridad Social de las siguientes maneras:

  • Mediante Cita previa para acudir a las oficinas de la propia Tesorería General de la Seguridad Social.
  • A través del portal Web de la Seguridad Social Import@ss por cualquiera de sus opciones.
  • A través de la Gestoría FGM de forma rápida, sencilla a través del Sistema RED de la Seguridad Social.

Nómina mínima para empleados del hogar

Las consecuencias de no tener bien gestionado el ALTA de su empleada de hogar puede ser una reclamación de la Tesorería General de la Seguridad social de la parte no cotizada del salario del personal del servicio doméstico con su correspondiente recargo y sanción para el caso que actúe la Inspección de Trabajo para regularizar el salario mínimo del personal de Empleadas de Hogar, por eso les recomendamos una especial atención a este tema de la Empleada de hogar y el importe del salario comunicado a la TGSS. Para esta nueva campaña de concienciación de este régimen del año 2022, el plazo establecido para realizar la regularización es hasta el 31 de marzo de 2022. Debiéndose regularizar todos los períodos anteriores no prescritos en los que el salario del personal del Servicio Doméstico incluida la parte proporcional de las pagas extras sea inferior al SMI (salario Mínimo Interprofesional) establecido legalmente para cada ejercicio.

¿Cual es el SMI de cada año para pagar a las Empleadas de Hogar?

En nuestra sección de Empleadas de Hogar de nuestra Web tiene una acceso en PDF de todas las publicaciones del BOE con la aprobación del SMI de cada año.

¿Importe de multa por no pagar correctamente el salario a la Empleada de Hogar.?

El art. 40 de Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social contiene los importes por los que la Inspección de Trabajo puede sancionar a los Empleadores por no pagar lo debido a las Empleadas de Hogar, estas sanciones graves por este incumplimiento tienen este baremo.

– Grado mínimo: Sanción de 6.251,00 € hasta 25.000,00 €.

– Grado medio: Sanción de 25.001,00 € hasta 100.005,00 €.

– Grado máximo: Sanción de 100.006,00 € hasta 187.515,00 €.

 

Desde la Gestoría FGM, podemos ayudarle al cumplimiento de la normativa del servicio del Hogar Familiar en caso de necesitarlo, asimismo les ofrecemos nuestro servicio ANUAL DE CONTRATACIÓN DE SU EMPLEADA DE HOGAR, con la que podrá estar tranquilo de toda esta numerosa actualización normativa, relativa al Servicio Doméstico ya que todos nuestro clientes con este servicio Anual (Altas, Bajas, Variaciones, asesoramiento jurídico en esta materia del servicio doméstico, confección mensual de la nómina, etc…) este tipo de actualización del salario de las Empleadas de Hogar en función del importe del SMI de cada año ya está comunicada a la propia Tesorería de la Seguridad Social.